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A consulta pública, iniciativa para dotar armas de uso exclusivo a policías: Congreso

Con las modificaciones se permitiría a corporaciones de seguridad pública adquirir y portar armamento de mayor capacidad, para tratar superar “la asimetría de armamento” de las policías locales frente al poder de fuego de las bandas criminales.

A 10 de febrero del 2026

Ciudad de México.  La Cámara de Diputados recibió del Congreso de Chiapas la iniciativa de reforma que busca dotar a los policías estatales de todo el país de armas y municiones de calibres que actualmente son de uso exclusivo de las fuerzas armadas, para uso específico en “territorios complejos” dominados por el crimen organizado.

En conferencia de prensa, donde los diputados de Chiapas explicaron el alcance de la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, resaltó que se trata de superar “la asimetría de armamento” de las policías locales frente al poder de fuego de las bandas criminales.

Con las modificaciones se permitiría a corporaciones de seguridad pública adquirir y portar armamento de mayor capacidad, siempre bajo control institucional, que permita a los estados fortalecer sus capacidades frente a los riesgos que enfrentan.

Monreal Ávila resaltó que el ejército siempre se ha opuesto a que las policías locales usen armamento y municiones de uso exclusivo de las fuerzas armadas, pero consideró necesario superar “el tabú” y abrir el debate.

Se trata, añadió, de reforzar la respuesta del Estado frente a escenarios de alta violencia y precisó que en la reforma se prevé sujetar el uso de ese armamento a principios de legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad, prevención, rendición de cuentas, vigilancia, oportunidad y respeto a los derechos humanos conforme a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

Informó que la iniciativa se enviará este martes a la Comisión de Defensa de la cámara para dictamen y anticipó que se abrirá una consulta pública a la que se invitará a los gobernadores de los estados que, dijo, seguramente estarán de acuerdo con los cambios.

“Chiapas es el primer estado que la presenta, aunque sé que hay muchos gobernadores que estarían de acuerdo porque están en las mismas condiciones” de menor capacidad de fuego contra el crimen organizado, señaló.

Detalló que jurídicamente se mantiene el carácter civil de las instituciones de seguridad pública; se reserva a la fuerza armada permanente las funciones vinculadas a la seguridad nacional y defensa exterior; y se atribuye a la Secretaría de la Defensa Nacional el control absoluto sobre permisos, licencias, cancelaciones, resguardos y donaciones del armamento autorizado.

“Su aplicación pretende limitarse a contextos territoriales complejos y sujetarse, en todo momento, al control del Estado, la supervisión institucional y al respeto irrestricto de l s principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad” de su uso, indicó.

Monreal Ávila planteó que, con la reforma, incluso se reduciría la dependencia estructural de la intervención militar en los estados, al dotar a las instituciones civiles de mejores capacidades para responder a amenazas de alto impacto.

Recordó que el fin de semana se publicó que armas y balas que fabrica el gobierno de Estados Unidos son traficadas ilegalmente a México y son usadas por las bandas criminales “y evidentemente con calibres de alto poder, y las policías estatales -menos las municipales- pueden enfrentar este flagelo” con el armamento que disponen.

“El propósito central es cerrar la brecha operativa entre las capacidades reales de las corporaciones de seguridad pública estatal y el nivel de riesgo que enfrenta un territorio como el nuestro, con una presencia significativa del crimen organizado y, al regular la portación, de manera excepcional y con supervisión del Estado, se les puede enfrentar”, declaró.

Informó que la reforma busca modificar el artículo 8 Bis de la ley para ampliar la facultad de la Defensa para autorizar permisos de adquisición y portación de armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas a instituciones de seguridad pública, previa justificación.

Además, sustituir el Certificado Único Policial por un certificado individual vigente del personal policiaco y definir que, cumplido el objetivo para el cual fue autorizado su uso, el armamento sea transferido a la Defensa o quede bajo resguardo militar.

También modificar el artículo 11 Bis, para precisar que se mantiene la prohibición a particulares de poseer o usar armas, municiones y vehículos blindados adaptados para armamento, y agregar como excepción los casos autorizados conforme al artículo 8o bis.

Se incluyen modificaciones al artículo 29 de la ley, con objeto de permitir licencias oficiales colectivas para que policías y elementos de procuración de justicia porten armamento de mayor potencia cuando lo justifiquen; definir que la solicitud se tramite por las secretarías de seguridad estatales; y establecer que el personal operativo reciba credenciales que funcionen como licencias individuales durante su vigencia.

Fuente: LA JORNADA

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