
A 14 de mayo del 2026
Ciudad de México. En un hecho sin precedentes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) tomar en cuenta, dentro de un proceso laboral, la condición de autismo del trabajador, y proporcionarle un ambiente controlado (espacios con baja carga sensorial, ruido reducido y luz adecuada) para evitar que la sobre estimulación afecte su capacidad de defensa.
En la sentencia votada por unanimidad, se sugiere el uso de lenguaje directo para que la persona entienda lo que se está juzgando, y pausas para asegurar que conserve su autonomía en todo el proceso.
Felipe de la Mata, magistrado ponente, destacó que por primera vez el derecho electoral reconoció que la democracia no sólo se construye con votos sino con la garantía de que el acceso a la justicia electoral sea accesible para todas las mentes.
“Aplicar la neurodiversidad al derecho procesal no es dar una ventaja indebida, es simplemente quitarle el vendaje a la justicia para que pueda ver a la persona que tiene enfrente y tratarla con la dignidad que su condición humana exige”.
Al votar a favor de este proyecto, dijo De la Mata, y siendo esta la primera vez que el TEPJF fija un estándar de protección a personas con neurodivergencia, estaremos dejando atrás un modelo de justicia uniforme y sentando las bases de una justicia humana que reconoce la diversidad en el proceso cognitivo.
Señaló que el tema invita a reflexionar sobre un concepto que está transformando los derechos humanos, y es indispensable que este Tribunal lo comprenda.

“No es un término médico sino un paradigma de justicia: la neurodiversidad es el reconocimiento de que el cerebro humano no tiene un diseño único; así como aceptamos la diversidad cultural en las sociedades, debemos aceptar que existen variaciones naturales en el funcionamiento neurológico de las personas”, dijo.
Precisó que en este caso el trabajador es una persona en el espectro autista; para comprender la dimensión de la violación al debido proceso – añadió el magistrado- es fundamental que este pleno profundice en lo que ello implica.
“El autismo no es una enfermedad sino una configuración neurológica distinta; estar en el espectro autista significa que el sistema nervioso procesa los estímulos, la comunicación y la interacción de una manera cualitativamente diferente. Una persona sufre una carga de estrés significativamente mayor que una persona neurotípica en un proceso legal.
Explicó que para nosotros un interrogatorio o una audiencia puede ser un evento estresante, para una persona autista puede representar una agresión sensorial y congnitiva insoportable. Este sufrimiento extra no proviene de la persona sino del entorno.
Fuente: LA JORNADA




