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Reforma de 40 horas podría empujar regreso a la oficinas

La reducción de jornada busca mejorar la calidad de vida, pero nuevas reglas de control y desconexión digital podrían hacer más complejo el trabajo remoto

A 30 de abril del 2026.- La reforma laboral de 40 horas semanales es uno de los cambios más relevantes para la vida de los trabajadores, ya que la promesa es clara: menos horas, más tiempo personal y una posible mejora en el equilibrio entre la vida laboral y la vida privada.

Sin embargo, detrás de este beneficio para los cerca de 13 millones de personas —según cifras del sector empresarial— que están laborando bajo el esquema del teletrabajo, comienza a surgir una pregunta clave: ¿qué pasará con el home office?

Aunque en México la reducción de la jornada no elimina el trabajo remoto, sí podría transformar la manera en que las empresas lo gestionan, supervisan y, en algunos casos, lo ofrecen.

Dado que el nuevo contexto laboral no solo implica trabajar menos, sino bajo esquemas más medidos y regulados, una situación que pondría fin a la idea de flexibilidad.

En entrevista con Publimetro, Oziel Guerrero, abogado de Vega Guerrero & Asociados, explicó que a partir de la pandemia el trabajo remoto fue estipulado en la Ley Federal del Trabajo y se fortaleció con la NOM-37, que establece lineamientos en materia de seguridad y salud para quienes laboran bajo este esquema.

“No hay ninguna exclusión para el home office con la reforma laboral. Es decir, la reducción de la jornada se aplicará de igual forma, independientemente de si el trabajo se realiza de manera presencial o remota”, mencionó.

¿Qué riesgo corre el home office con la reforma laboral?

Con la aprobación y reducción gradual de las horas de trabajo, los esquemas laborales deben considerar —obligatoriamente— la disminución de tiempo de igual forma, tanto para el trabajo presencial y remoto. Entonces, no es que ambos puedan mezclarse para considerarse parte de esa reducción.

“El teletrabajo es una modalidad formalmente reconocida por la Ley Federal del Trabajo, como tal forma parte de las relaciones laborales reguladas por ley. Eso significa que cualquier persona trabajadora bajo esta modalidad estará sujeta al nuevo régimen y su implementación gradual”, explicó Guerrero.

Asimismo, el abogado precisó que esta reforma laboral contempla una nueva obligación para las personas que laboran en la modalidad home office, tal como el registro electrónico de la jornada, que permitirá medir con mayor claridad los tiempos efectivos de conexión, inicio y cierre de jornada.

“Esta conversación conecta el derecho a la desconexión digital, misma que reconoce expresamente el derecho de las personas trabajadoras a no atender comunicaciones laborales fuera de la jornada. Esto es relevante, ya que el gran riesgo del home office no es trabajar desde casa, sino trabajar sin límites”, apuntó.

¿Cómo debe ser el home office para los partidos del Tri?

La modalidad del home office durante el Mundial —para disfrutar los partidos del Tri— es viable, señaló el litigante Oziel Guerrero, siempre que existan acuerdos entre el empleador y el trabajador, ya que el teletrabajo sería una herramienta útil para mantener la productividad de los trabajadores, detalló.

“Si una empresa acuerda home office de forma temporal en el Mundial, no necesariamente se activan todas las obligaciones formales del régimen de teletrabajo, tal como el pago de internet, electricidad o la obligación de proporcionar un equipo, porque se trata de una medida excepcional temporal”, aclaró.

¿Cuál es el reto de los derechos laborales en la era de la IA?

En tanto, el abogado Oziel Guerrero aclaró que en México aún no existe una regulación laboral sobre la inteligencia artificial, pero eso no significa que los trabajadores están desprotegidos, dado que los derechos de los trabajadores están vigentes aun cuando esta tecnología es parte de la relación de trabajo.

Tal como el derecho a la capacitación, porque la automatización obliga a procesos de actualización y reconversión de habilidades; y el derecho a la estabilidad laboral, ya que la automatización no elimina obligaciones laborales.

“Empieza a tomar fuerza el debate sobre propiedad intelectual, especialmente cuando la imagen, voz o identidad de una persona trabajadora puede ser replicada o utilizada mediante herramientas de IA, como ya ocurre en industrias como el doblaje, entretenimiento o creación de contenido”, concluyó.

Datos:

Derechos laborales y la IA:

  • Derecho a la privacidad y protección de datos personales, cuando herramientas de IA procesan información del trabajador.
  • Derecho a la no discriminación, porque los algoritmos pueden generar sesgos en contratación, evaluación y reconversión de habilidades.
  • Derecho a la estabilidad laboral, porque la implementación de tecnología no elimina automáticamente obligaciones laborales.

“El gran desafío hacia adelante será construir reglas claras para que la Inteligencia Artificial sea una herramienta de productividad y no un mecanismo de vulneración a los derechos. El reto no es frenar la IA, el reto es humanizar su implementación dentro del trabajo”—  Oziel Guerrerro de Vega Guerrero & Asociados

Fuente: PUBLIMETRO

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